jueves, 28 de octubre de 2010

Desenmascaramos la discriminación homófoba en los consulados españoles

Antonio y su mujer van a ser padres. Tienen su residencia en Madrid, pero por circunstancias de la vida su hijo va a nacer en Estados Unidos. Se ponen en contacto con el consulado español y no hay ningún problema, les informan de la documentación que tienen que presentar para inscribir a su hijo en el Registro Civil. Amablemente les indican además que soliciten el pasaporte español con carácter de urgencia para poder volver a España cuanto antes.

Antonio y su marido van a ser padres. Tienen su residencia en Madrid, pero por circunstancias de la vida su hijo va a nacer en Estados Unidos. Se ponen en contacto con el consulado español y empiezan los problemas, les informan de que les van a aplicar el art. 68 del Reglamento del Registro Civil para quitárselos de encima. Y como les están denegando asistencia consular, amablemente les indican que soliciten un pasaporte al país donde va a nacer el niño. 

Esto es no es una película, sino una situación real que sucede en Octubre de 2010. Antonio y su marido son un matrimonio del mismo sexo y se supone que disfrutan de los mismos derechos que cualquier matrimonio. Pero en realidad a ellos se les aplican artículos del RRC diferentes de los que se aplican a matrimonios formados por hombre y mujer. 

Muy probablemente, Antonio y su marido van a tener un hijo por gestación subrogada. El pasado 7 de Octubre la Dirección General de los Registros y del Notariado dictó una instrucción que regula el acceso al Registro Civil de los niños nacidos por este procedimiento. Pero algunos cónsules españoles no quieren aplicar esta instrucción a los matrimonios homosexuales y prefieren dejar a los niños en un limbo legal. ¿Reciben indicaciones en este sentido del Director General de Asuntos Consulares y Migratorios, Santiago Cabanas Ansorena?

Santiago Cabanas Ansorena
 (DGCy M)
Esta desatención arbitraria basada en la orientación sexual ha sido practicada por los cónsules de España en: 
- Los Ángeles (D. Enrique Ruiz Molero)
- Chicago (D. Francisco Javier Rupérez Rubio)
- San Francisco (D.Jorge Montealegre Buire)

Nos hemos hecho pasar por Antonio y su mujer. Y hemos recibido respuesta de los consulados de España en Miami, Guayaquil, Ciudad del Cabo y Hong Kong. En todos los casos nos informan que podemos hacer la inscripción en el propio consulado. Cuando se trata de matrimonios heterosexuales no hay art. 68.

Desde hace años, existen numerosos testimonios de matrimonios heterosexuales que han tenido hijos por gestación subrogada y no han tenido problemas para inscribirlos en el consulado. Y los consulados lo sabían, pero miraban a otro lado. Si se consultan las actuaciones del consulado general de España en Los Ángeles y se calcula la tasa de natalidad de los residentes, el resultado es 50 por mil. Esta tasa es 5 veces superior a la natalidad de los españoles que viven en otros sitios y la más alta del mundo solo superada por Níger. Durante los años a los que corresponden los datos, fue Cónsul General D. Inocencio Arias. El señor Arias tendría que estar muy ciego para no saber lo que estaba haciendo. Sin embargo, nunca estuvo ciego cuando se trató de denegar el registro a hijos de matrimonios homosexuales. Incluso se jactaba de ello en una entrevista a La Vanguardia.


Aplicar arbitrariamente un artículo de un reglamento y causar perjuicios de manera selectiva a un grupo de ciudadanos por el hecho de tener una orientación sexual determinada debe estar tipificado en algún sitio… que baje algún jurista y lo vea. 

Estas son las consultas que hizo Antonio en su investigación sobre los consulados, y las respuestas que recibió:

De: Antonio y su marido
Enviado el: martes, 19 de octubre de 2010 7:14
Para: Costa Arajol, Alba (Consulado General de España en San Francisco)
Asunto: Inscripción de nacimiento

Estimada Sra. Costa,

lunes, 25 de octubre de 2010

På DGRyN de låtsas att vara svensk

En la DGRyN se hacen los suecos
Somos muchas las familias que hemos recurrido la denegación de inscripción de nuestros hijos ante la DGRyN. La instrucción del 7 de octubre abrió una puerta a la esperanza. Sin embargo, parece que todo era solamente una operación de maquillaje.

Hemos perdido la cuenta de las veces que hemos llamado a la DGRyN preguntando por la solución que piensan dar a nuestros recursos, pero siempre nos han dado largas. Hemos perdido la cuenta de los mails que hemos mandado y no han sido contestados. Nuestros hijos empezaron a gatear, dieron sus primeros pasos, empezaron a decir sus primeras palabras y todavía siguen en el limbo legal. Será que tenemos un problema de comunicación, a partir de ahora les escribiremos en sueco.

domingo, 24 de octubre de 2010

La DGRyN y la instrucción que no lleva a ninguna parte

El pasado 6 de Octubre, el Ministerio de Justicia hacía pública una nota de prensa anunciando la regulación de la inscripción en el Registro Civil de los niños nacidos en el extranjero mediante gestación de subrogada.

Las familias afectadas recibimos la noticia con alegría contenida, el Ministerio de Justicia por fin nos daba la razón. Con esta nota de prensa reconocían que la situación de discriminación de nuestros hijos es insostenible y mostraban voluntad de darnos una solución. Además compartimos la filosofía general de protección del menor y de la mujer gestante. Pero había algo que no nos terminaba de cuadrar, se pedía la presentación ante el encargado del Registro Civil de una resolución judicial dictada por un tribunal competente en el país de origen. 

Una vez tuvimos acceso al texto de la instrucción y obtuvimos los comentarios de expertos juristas, nuestros temores se confirmaron, la instrucción es una chapuza. Intentaremos ahora exponer los motivos sin perdernos en detalles técnicos:
  • La solución aportada por la DGRyN sigue haciendo discriminación. Las familias homoparentales van a tener que entregar una documentación adicional que no será solicitada al resto de familias en la misma situación. 
  • La instrucción sigue dejando a criterio del funcionario del registro el aceptar o no la inscripción. Aunque en la práctica lo que ya está pasando es que los encargados de los registros consulares se quitan de encima selectivamente a las familias homoparentales mandándolas al Registro Central. Incluso en algunos casos la denegación se sigue argumentando sobre la ley de reproducción asistida y haciendo por tanto caso omiso de la instrucción.
  • No en todos los estados donde se subroga la supervisión es judicial, en alguno es administrativa. Incluso en aquellos donde es judicial, como California, no siempre se puede conseguir una copia del juicio para el registro español. De hecho no todos los jueces la conceden y sólo puede solicitarse en el momento de la sentencia, posteriormente se encripta (como los juicios de adopción) y ya no se puede volver a solicitar. Para EEUU, el certificado registral de nacimiento es el documento derivado de la resolución que aporta todas las garantías legales y establece la filiación. Y es el único documento que debe ser transcrito los registros del resto de países civilizados. 
  • La Ley y el Reglamento de Registro Civil ya establece cuales son los documentos necesarios y suficientes para un inscripción de nacimiento. Entre estos documentos no figura ninguna resolución judicial, por lo que pedirla contradice la ley.
  • Una instrucción tiene rango inferior a una ley, por lo que esta instrucción podría ser anulada por via judicial. ¿Que pasaría entonces con los niños que han sido inscritos acogiéndose a ella?
  • La sentencia del juicio de paternidad aportada para la inscripción podría ser utilizada en contra de la familia una vez anulada la instrucción. ¿Que pasaría si la fiscalía demanda a la DGRN por estas inscripciones? Un juez podría llegar a sentenciar inscribir a los niños a nombre de su gestante. Uno de sus padres perdería la patria potestad y los niños pasarían a tener una filiación distinta en España que en EEUU.
  • Aunque parezca aberrante, una demanda no es algo descabellado. Ya ha ocurrido con una pareja de Valencia afectada por la demanda a una resolución de la DGRN. Pero lo más aberrante fue la sentencia que condena a sus hijos mellizos de dos años a ser borrados del registro civil perdiendo la ciudadanía española.
No hacía falta una instrucción tan enrevesada. La solución magistral ya había sido aportada por la anterior Directora General, Pilar Blanco en la estimación del recurso de la pareja de Valencia. Agradecemos mucho su voluntad, pero es una pena que la instrucción de la actual Directora, María Ángeles Alcalá, no esté a la altura de la actuación de su predecesora.

Parece que en el Ministerio de Justicia se quieren colgar la medalla de garantes de los derechos de los niños y las mujeres. Aunque está claro que la instrucción no garantiza nada, no va a evitar ninguno de los males que se proponen combatir. Pero tampoco es camino para solucionar la situación de nuestros hijos. En la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil  siguen pendientes los recursos a las denegaciones de inscripción. Cuando preguntamos a los funcionarios de esta subdirección se encojen de hombros, "estamos pendientes de instrucciones sobre como interpretar la instrucción" dicen. La DGRyN tiene problemas para entender su propia instrucción, no sabemos como se apañarán los consulados. Mientras tanto nuestros hijos siguen sin papeles en su propio país. 

sábado, 23 de octubre de 2010

El cónsul Enrique Ruiz Molero se salta la instrucción de la DGRN y deja en el limbo legal a un bebé de dos meses

El cónsul Enrique Ruiz Molero tiene el honor de ser el artífice de la primera denegación de inscripción después de la instrucción 5317 de la DGRyN mediante la que se regula el acceso al Registro Civil de los hijos de españoles nacidos en el extranjero por gestación subrogada.  

El pasado Jueves 7 de octubre, el Consulado General de España en Los Ángeles enviaba un correo electrónico a un matrimonio de Madrid en el que comunicaba que se había emitido una resolución denegatoria de la inscripción de su hijo de dos meses. Curiosamente el e-mail llegaba 85 minutos antes de que entrase en vigor la instrucción 15317. 

El matrimonio recibió la comunicación oficial el pasado viernes 22 y sorprendentemente la resolución está fechada el día de entrada en vigor de la instrucción, el 8 de octubre de 2010. ¿Como es posible entonces que el 7 de Octubre a última hora comuniquen oficiosamente que ya se había remitido una resolución que en realidad ni siquiera había sido firmada? Esta contradicción denonta una notable desorganización en el consulado. Pero sobre todo denota mala fé.

Los fundamentos de derecho de la resolución denegatoria y el auto hacen caso omiso a la instrucción y se basan en los artículos 15 de la LRC, el art. 68 del RRC, y en los artículos 10.1 y 10.2 de la Ley 14/2006, siguiendo la línea argumental del anterior cónsul. Este mismo consulado realizó la inscripción en el registro civil de dos mellizos de un matrimonio de Valencia a instancias de la DGRyN siendo directora general, Pilar Blanco y cónsul  Inocencio Arias. ¿En aquella época no aplicaba el art 68 del RRC?


viernes, 22 de octubre de 2010

Inocencio Arias... ¿Cómo se puede tener tanto morro?

El cónsul general de España en los Ángeles, Inocencio Arias, se afana en defenderse de las acusaciones vertidas contra él por discriminar a las parejas del mismo sexo a la hora de inscribir a los hijos nacidos en su demarcación consular. En un artículo en el diario Publico, Arias califica esa acusación como “una memez” y afirma que se limita a aplicar la ley española.

Sin embargo, él mismo se delataba cuando en unas declaraciones a La Vanguardia afirmaba que todas las denegaciones de inscripción habían sido a hombres homosexuales. ¿Acaso las parejas heterosexuales no recurren a la gestación subrrogada?

Hay muchos testimonios anónimos de parejas heterosexuales que han registrado sin problemas en el consulado de Los Ángeles a sus hijos nacidos por gestación subrogada. Pero no hacen falta los testimonios, el propio consulado publica sus datos de actividad de los que se pueden deducir muchas cosas. Solo hay que visitar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y hacer un par de operaciones con una calculadora.

Si calculamos la tasa de natalidad de los españoles residentes en la demarcación del consulado de los Ángeles durante el 2008 nos da un resultado de 50,1 por mil. Esto es cinco veces mayor que la tasa de natalidad de los españoles residentes en España o en otras demarcaciones consulares (9,8 por mil en 2008).  ¿Como se explica que los españoles residentes en la esquina suroeste de EEUU procreen con tanta alegría? ¿Qué pensaba Inocencio Arias de que los Españoles de su demarcación consular tuvieran una de las tasas de natalidad mayores del planeta, solo superada por Níger?


Pero las cifras de los años anteriores son muy similares y cuadran con una tasa de natalidad que va creciendo al ritmo en que las agencias de subrogación californianas van aumentando su actividad, ¿No será que el señor cónsul estaba permitiendo el registro de hijos de parejas heterosexuales no residentes?

El primer argumento del cónsul en sus resoluciones denegatorias es que la inscripción ha de realizarse en el Registro Civil central de Madrid al tratarse de padres no residentes en la demarcación consular. Por  tanto hace falta viajar a Madrid y para ello es necesario tener un pasaporte. ¿Pero como va a viajar la familia a Madrid si al niño le han denegado el pasaporte? Si esto fuera así, los españoles que tienen hijos en el extranjero sin ser residentes allí, tendrían que abandonarlos durante el año que tarda el  Registro Civil central en resolver la inscripción. Como diría Don Inocencio: (¡que no hombre, que no!)

El segundo argumento del señor Arias era la constatación de que los progenitores eran dos varones y por tanto deducía que habían sido padres por gestación subrogada. Aplicando la misma lógica, podríamos deducir que la actuación de Inocencio Arias ha sido homófoba.

martes, 19 de octubre de 2010

Apariciones en los medios

"Si no te ven no existes y si no existes no tienes derechos" Ágatha Estera


Haciendo nuestra esta máxima de Ágatha, tomamos la decisión de dar visibilidad a nuestra realidad en los medios. Negociamos entrevistas con diferentes programas de Tele 5, Antena 3 y nos plantamos en los platós a contar nuestra vida. El objetivo principal de estas apariciones era denunciar la situación de discriminación que sufren nuestros hijos. Para ello, nos preparamos para reconducir las preguntas morbosas hacia respuestas reivindicativas. 

Sin embargo, cuando ya teníamos todo programado, el Ministerio de Justicia se descolgó con una nota de prensa en la que manifestaba su intención de abrir una vía para inscribir a nuestros hijos a través de una instrucción de la DGRyN. Decidimos no cancelar las entrevistas y reconducir el mensaje reivindicativo hacia el de una alegría contenida.

Nuestro escepticismo se refleja en nuestras respuestas. Del contenido de una nota de prensa, al contenido de una instrucción y de ahí a como se interpretarla hay un camino largo que queda por recorrer. Hasta que no veamos a nuestros hijos inscritos en nuestros libros de familia, no dejaremos de reivindicar su ciudadanía española.

Susana Grisó entrevistó a Javi y Antonio en Espejo Público. La fortuna no estuvo de su lado y por un error de producción no pudieron coger el AVE desde Sevilla.Al final la entrevista se hizo desde un centro territorial de A3.Como podéis ver, Antonio no tenía retorno y no podía escuchar lo que se estaba diciendo en Madrid.



Intervino también "José" desde Valencia, uno de los padres de la familia BM cuyos mellizos fueron los primeros ser registrados como hijos naturales de dos varones.

Solapándose con Espejo Público, se emitió la entrevista a Antonio en el programa de Ana Rosa. Los dos principales canales privados estatales estaban hablando de gestación subrogada al mismo tiempo.




Dos días después La Noria dedicaba una hora de prime time a hablar de gestación subrogada. Un video introductorio dio paso a la entrevista que Jordi González hizo a Ricardo e Iván.


Después de la entrevista tuvo lugar el debate ya clásico en el formato de este programa.

Estas fueron las audiencias publicadas al día siguiente:
- Espejo Público: 372.000
- Ana Rosa: 486.000
- La Noria: 1.814.000
Si la visibilidad se pudiera medir, tendríamos más de dos millones...